SAT ofrece condonación de multas y recargos en Plan México; IMCP de Yucatán hace llamado a empresas para regularizarse 

En el Plan se fomenta la innovación y deducción inmediata de impuestos; beneficios para personas físicas y morales.   

Si eres contribuyente, persona física o moral y tienes adeudos con el SAT, no dejes pasar la oportunidad de regularizar tu situación aprovechando los descuentos de hasta el cien por ciento en multas y recargos del 2023 hacia atrás.  

Esta campaña fue dada a conocer mediante un decreto publicado el pasado 21 de enero cuando la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo dio a conocer el Plan México.

Al respecto, El Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, Gilberto Omar Zapata, el vicepresidente Alejandro José Ontiveros Gómez y el coordinador de la Comisión Fiscal, Gerardo Antonio Herrera Novelo, así como el secretario de relaciones y difusión, Alvaro Enrique Traconis Flores, dieron a conocer en qué consiste esta campaña.

El Presidente del Colegio, Gilberto Omar Zapata destacó que son dos incentivos principalmente a los que nos vamos a referir.

Primero, el que se publicó en el paquete económico, en la ley de ingresos, relativo al perdón de multas y recargos por adeudos de 2023 hacia abajo, que los contribuyentes que deban impuestos y quieran regularizarse de manera voluntaria, pueden acceder a ese beneficio y evitar pagar los recargos que deban por tener esas contribuciones atrasadas.

El beneficio es del 100% en la causación de los recargos, es decir, no pagar los recargos, esos contribuyentes. Repito, hablamos de adeudos de 2023 para atrás, y también esos contribuyentes que estén siendo sujetos a una revisión por parte de la autoridad, que también pretenda acceder a este beneficio y a esos contribuyentes que van a ser beneficiados por la condonación de los recargos y la condonación de las multas.

¿Qué pasa si yo estoy en la auditoría o en un proceso de aclaración con las autoridades? ¿Puedo ser beneficiario de esta campaña?

Claro que sí, sí puede ser beneficiado con este estímulo, con estos incentivos, solo hay que manifestar y hay que acercarse a la autoridad para poder aplicar, para poder obtener el beneficio.

Este beneficio lo podemos ejercer, lo podemos tomar hasta antes del 30 de septiembre de este año, entonces, aquellos contribuyentes que estén en ese supuesto deben presentarse a la autoridad y decir que desean aprovechar la campaña.

Mencionaba el otro beneficio, ¿cuál es?

Bueno, se publicó un decreto la semana pasada, en donde se otorga un beneficio a aquellas empresas que inviertan en proyectos de inversión y que ese proyecto de inversión involucre un sistema de educación dual, o sea, que contraten universitarios para capacitación de proyectos productivos y que estén cursando una carrera técnica y sobre todo, inviertan en esa inversión, tengan en esa inversión una deducción, llamamos deducción inmediata en el año en el cual realicen inversiones

Esas empresas con ese sistema de educación dual pueden presentar un proyecto de inversión a la Secretaría de Educación Pública, allá, pues, dar a conocer el esquema que trae la educación dual, cuál va a ser su proyecto de inversión para que la Secretaría de Educación se las autorice y la puedan deducir en el ejercicio en el cual la lleven a cabo.

Esa es una parte del estímulo y en adición a eso hay otro estímulo en relación a la capacitación que pagan las empresas para capacitar a su planta laboral.

El incremento en la capacitación de un año  con respecto a otro goza de una deducción adicional del 25%. Es decir, si incremento la capacitación en 2025 con respecto a 2024 fue de 100.000 pesos, yo puedo deducir de manera adicional 25.000 pesos y disminuir los 25.000 de las utilidades de mi negocio, siempre y cuando exista ese incremento en la capacitación.

Por su parte, el vicepresidente Alejandro José Ontiveros Gómez, destacó que el gobierno federal en su Plan México,  diseñó y otorgará a las empresas que se dediquen a la investigación e innovación dos estímulos fiscales.

El primer beneficio fiscal es el conocido como Deducción Inmediata, en la cual podrán hacer una deducción en el ejercicio que inviertan de las cantidades aplicadas en activos nuevos.

Hablando del segundo beneficio fiscal, que corresponde a la capacitación, este decreto nos da la posibilidad de deducción, a parte del incremento que hicimos en la capacitación de un 25% sin haber erogado ningún impuesto.

Simplemente por dar más capacitación a nuestros trabajadores, tendremos derecho a un 25% de deducción en nuestra declaración anual.

¿Lo importante en este caso es que no se trata sólo para empresas nuevas, sino también las que ya están en marcha?.

 Así es. Este decreto de beneficios es para todas las empresas, desde la más pequeña hasta la más grande que puedan imaginarse. No hay límites, sólo hay requisitos. Los requisitos son que sea un proyecto innovador, que sea de investigación, que esté dentro del proceso de capacidad dual, es decir, que traiga a sus trabajadores y que estos trabajadores estén capacitados en alguna universidad o tecnológico y con base en estas personas, tienes derecho a hacer estas deducciones.

Claro, tiene que ser autorizado tu proyecto con la Secretaría de Educación Pública para que estos trabajadores sean considerados en educación dual.

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